Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA la acumulación de esta causa, a la causa N° KP01-P-2001-001798, seguida por el Tribunal de Juicio N° 5 de este Circuito Judicial Penal. Todo conforme a lo establecido en los artículos 66, 70 ordinal 4°, 71 ordinal 2° y 73 del Código Orgánico Procesal Penal