Revisado el sistema informático Juris 2000, se evidencia que el imputado han cumplido con el régimen de presentaciones impuesto, y que han comparecido en las oportunidades en las que ha estado fijado el juicio oral y público. Por tales motivos, esta juzgadora presume que el mismo no evadirá el proceso, dándose los supuestos establecidos en el Artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de ser juzgados en libertad, y en consecuencia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo establecido en el Artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ORDENA LE CESE DE LAS MEDIDAS CAUTELARES IMPUESTAS AL CIUDADANO FREDDY JOSÉ TIMAURE ROJAS, ampliamente identificados en autos, sin que ello implique el cese de su condición de imputado ni de las obligaciones que tal condición implica, por lo que deberán acudir a las audiencias de juicio oral y público fijadas en la presente causa, todo a te.....