En el día de hoy, 10 de Junio de 2009, siendo las 11:30 a.m.,constituido el Tribunal en Sala, presidido por la Abogada PILAR FERNANDEZ DE GUTIERREZ, quien con el carácter de Jueza de este Despacho judicial expuso: De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 86 ordinal 7º ejusdem, presento formal INHIBICIÓN para el conocimiento del presente asunto, toda vez que aperturado como fue el mismo, en la oportunidad que le correspondió a la Defensa ejercida por el Abogado MIGUEL PIÑANGO, opuso como punto previo a la continuación del juicio aperturado en la misma fecha, reposición del asunto por haberse omitido formalidades esenciales a la defensa de sus representados, al no habérseles imputado, por parte del Ministerio Público, los hechos por los cuales se ordeno la apertura a juicio, en la oportunidad que establece la ley. En virtud de lo expuesto y revisado como fue el asunto, se observa que esta juzgadora emitió op.....