En virtud de los razonamientos, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la autoridad que le confiere la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE al ciudadano: JESÚS ENRIQUE ALVAREZ, ampliamente identificado en autos, por la comisión del delito de Tentativa de Robo de Vehículo Automotor, previsto en el artículo 7 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor, y en consecuencia, se condena a cumplir la pena de 3 años y ocho 8 meses de presidio, más las accesorias de ley del artículo 13 del Código Penal, a saber:
1. La interdicción civil
2. La inhabilitación política.
3. La vigilancia de la Autoridad Pública.
SEGUNDO: Se mantiene la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al acusado.
TERCERO: Se ordena la inmediata remisión del presente asunto al Juzgado de Ejecución que corresponda por distribución, .....