este Tribunal de Juicio Nº 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la fiscalía del Ministerio Público en contra del imputado JESÚS ENRIQUE RODRÍGUEZ, por la comisión del delito Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el art. 277 del Código Penal en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos , así como las pruebas por considerarlas lícitas, necesarias y pertinentes. SEGUNDO: CONDENA al ciudadano: JESÚS ENRIQUE RODRÍGUEZ, anteriormente identificado, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el art. 277 del Código Penal, a cumplir la PENA DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, se le mantiene la Medida Cautelar que venían disfrutando, hasta tanto conozca el tribunal de Ejecución. TERCERO: Se Ordena la Remisión del Arma incautada a la Dirección de Armamentos de la Fuerza Armada Nacional. La presen.....