DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir lo siguiente: PRIMERO: Se condena al ciudadano SANTIAGO JOSE LOPEZ ROJAS, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Articulo 277 del Código Penal, a Cumplir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de la Ley. SEGUNDO: Se ordena la Remisión de las presentes actuaciones al tribunal de Ejecución corresponda dentro del lapso legal. TERCERO: Se Ordena la remisión del Arma al Parque Nacional de Armas.
Publíquese, regístrese y remítanse el asunto al juez de Ejecución, en Barquisimeto a los Tres días del mes de julio de dos mil seis (07/11/2006), siendo las 02:45 p.m Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación. Cúmplase.-