DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, decreta de oficio: PRIMERO: El cese de las presentaciones periódicas que ha venido cumpliendo el ciudadano RÓMULO ALFREDO CORREA GARCÍA, titular de la cédula de identidad Nº 4.186.962, ante este Tribunal por la presente causa, de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se impone al mencionado imputado la obligación de mantener actualizado en el expediente su lugar de residencia, por lo que deberá notificar oportunamente cualquier cambio de residencia que hiciere, y se le imponen las medidas cautelares previstas en los ordinales 4º y 6º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, relativas a la prohibición de salida del país, y a la prohibición de acercarse o de mantener contacto por cualquier vía con las personas que apare.....