DISPOSITIVA
En base a las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control Nº 12, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara: PRIMERO: Se Admite la acusación presentada por la representación de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Lara en contra del ciudadano DAVID DANIEL DOMINGUEZ SALCEDO, titular de la cédula de identidad 22.322.824, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nacido el día 09/11/1991, de 18 años de edad, de profesión u oficio: Mecánico, estado civil soltero, grado de instrucción: 9º año, hijo Dennos Sánchez y Carmen Salcedo, domiciliado en el Barrio Unión Vereda 3 entre carrera 2 y 3 calle 19 y 20 casa sin numero de color anaranjado con amarrillo con enrejado, en la esquina de la ruta dos, de esta Ciudad, Estado Lara, teléfono 0412.675.72.43 (tia Arelys Domínguez), por los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENT.....