DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el primer ordinal del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por último, se acuerda notificar de la presente decisión al Ministerio Público y a las partes, así mismo se deja constancia que este tribunal no convocó a audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición Fiscal en virtud de no estimarlo necesario para la emisión del correspondiente pronunciamiento.
LIBRENSE BOLETAS DE NOTIFICACION. REGISTRESE Y CUMPLASE.