DISPOSITIVA.
Con fundamentos a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA POR PROCEDENTE LEGAL Y CONSTITUCIONALMENTE, la solicitud de sustitución de la medida de privación preventiva de libertad por una medida cautelar menos gravosa solicitada por la defensa de los imputados de marras, ciudadanos ALCIDES JOSE MARQUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad NO PORTA, nacido el 08-08-74, de 30 años de edad, domiciliado en el Barrio José Gregorio Hernández, vereda 18 casa F-36, Barquisimeto, Estado Lara, y al ciudadano ISIDRO ANTONIO VERGARA RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, de 21 años de edad, soltero, Titular de la Cedula de Identidad Nº 16.088.646, residenciado en el Barrio Ruiz Pineda calle 10 vereda 5 casa S/N, Barquisimeto, Estado Lara, en consecuencia, se ACUE.....