DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control No. 9 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la presentación Periódica cada treinta (30) días ante la Oficina de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a partir del día 18-01-2006, por el delito de LESIONES FISICAS a favor del ciudadano, JOEL ALEXANDER TORREALBA PARRA plenamente identificado en autos, así como las establecidas en el articulo 39 de la Ley Especiales su ordinal 5° como lo es la PROHIBICION DE ACERCARSE A LA CIUDADANA JENNY MARIBEL LUCENA. Se declaró con lugar continuar la presente causa por el Procedimiento Abreviado. Se ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal Unipersonal de Juicio, que corresponda por distribución y se convoc.....