Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No 09 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana y por autoridad de la Ley, acuerda: 1º) Declara sin lugar la solicitud de entrega de vehículo presentada por el Ciudadano WILLIAN ANTONIO BARRIOS. 2º) Se declara con lugar la solicitud de la Ciudadana IRIS ISABEL VALERA, en virtud de lo cual se ORDENA la devolución del vehículo descrtos en autos a la precitada solicitante, quien actúa en su nombre y en el de sus hijos ANNI CAROLINA, ADRIANA LISET, ZOYRETH y JOSE VALENTIN BARRIOS VALERA quedando a salvo la obligación en que está la solicitante de legalizar la propiedad del vehículo previo cumplimiento de los trámites sucesorales correspondientes.