En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Declara CON LUGAR la solicitud de Decaimiento de la Medida de Coerción Personal, JHONNY JOSE LOPEZ GUARAMATO, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.483.536, de conformidad con los artículos 244 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Regístrese. Publíquese.- Cúmplase.