PRIMERO: CONDENA al acusado: LAURI JOHAN VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 17.011.118, soltero, venezolano, residenciado en el Barrio Santa Lucia, callejón N° 4, número de casa 58 de Barquisimeto del Estado Lara, a sufrir la pena de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN MAS LAS PENAS ACCESORIAS DE LA LEY, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal.-
SEGUNDO: Se mantiene la medida cautelar que pesa sobre el acusado de autos, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, consistentes en presentaciones periodicas cada treinta (30) días y prohibición de salida del Estado Lara sin la autorización del Tribunal.-
TERCERO: Se exonera a la parte condenada del pago de costas procesales, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad del sistema.....