DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 09, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y continuar por el procedimiento Abreviado, establecido en el artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, prevista y sancionado en el artículo 36 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas a favor del ciudadano Elías de Jesús Gómez Cañizalez, plenamente identificado en autos.
Remítase las actuaciones al Tribunal de Juicio correspondientes. Regístrese y Publíquese.