En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, con vigencia anticipada de conformidad con la gaceta oficial Nº 6.078 de fecha 15 de junio del 2012, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida a la ciudadana BEATRIZ JOSELINE YEPEZ, por la presunta comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate Oral y Público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se incautaron y hayan sido dejados a disposición de este despacho judicial. Notifíquese a las partes.- Regístrese. Cúmplase.