DECISIÓN DEL TRIBUNAL
OÍDAS LAS EXPOSICIONES DE LAS PARTES Y SUS ALEGATOS, ASI COMO LA SOLICITUD DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO POR PARTE DEL ACUSADO Y LA NO OPOSICION DE LA REPRESENTACION FISCAL, ESTE TRIBUNAL DE CONTROL No. 08, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: ----------------------------
CUARTO: En consecuencia este Tribunal pasa a imponer las condiciones por el lapso de UN AÑO de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano RAFAEL ANTONIO RAMOS, titular de la cedula de identidad numero v- 13.084.579, por el delito de Acto Carnal, previsto y sancionado en el Artículo 378 del Código Penal en concordancia con el Artículo 217 de la LOPNA, contados a partir de su primera presentación, debiendo el Delegado de Pruebas, informar del cumplimiento de las condiciones impuestas cada 3 meses. Líbrese oficio a la UTASP. Se acuerda el cese de toda m.....