Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara "ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" DECRETA LA ORDEN DE APREHENSIÓN a los ciudadanos JOSE OMAR COLMENAREZ RINCON, titular de la cedula de identidad Nº V-y LUIS MIGUEL MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-7., por la presunta comisión de los delitos de: OBTENCION FRAUDULENTA DE DIVISAS, FORJAMIENTO DE DOCUMENTOS, CAPTACION INDEBIDA Y ASOCIACION PARA DELINQUIR, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y las VICTIMAS DENUNCIANTES, previstos y sancionados en los ARTÍCULOS 10 DE LA LEY DE ILICITOS CAMBIARIOS, 319 EN CONCORDANCIA CON EL ARTICULO 322 DEL CODIGO PENAL VIGENTE, 214 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DEL SECTOR FINANCIERO Y 37 DE LA LEY ORGANICA CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, todo de conformidad a lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal y, .....