DISPOSITIVA
Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se resolvió en los siguientes términos de conformidad con lo previsto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad contra los imputados ABRAHAN ANTONIO GONZALEZ PERAZA y DAVID DANIEL ORDONEZ NAVAS, titulares de la Cédula de Identidad Nros V- 19.884.153 y V- 18.923.524; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR Y USO DE ADOLESCENTE PARADELINQUIR, previstos en los artículos 458 del Código Penal, 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, 6 de la Ley Orgánica Sobre La Delincuencia Organizada y 264 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. El Delito de Robo Agravado, sólo.....