DISPOSITIVA
Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE en consecuencia NIEGA la entrega al ciudadano JHON JAIRO LONDOÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 12849518, del VEHÍCULO MARCA: CHEVROLET. MODELO: MALIBÚ. COLOR: VERDE. AÑO 1981. SERIAL DE CARROCERÍA: 1T69ABV328583. PLACA: ABO15FS. TIPO: SEDAN. CLASE: AUTOMOVIL. USO PARTICULAR, por cuanto se encuentra solicitado según expediente Nº G-406-289, de fecha 02/06/2003, por el delito de Robo de Vehículo Automotor, por la Subdelegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, de San Cristóbal Estado Táchira. SEGUNDO: Se ordena la remisión al despacho de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial la presente causa, a objeto que de con.....