Este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY le impone MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal a el ciudadano YORDIL ELOY GODOY TORREALBA, y DANNY DANIEL PERAZA ya identificados por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA Y LESIONES PERSONALES , previstos y sancionados en el artículo 458 en relación con el Primer Aparte del artículo 80 del Código Penal y el artículo 413 ejusdem respectivamente. En consecuencia se ordenó su traslado al Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental Uribana.
El dispositivo de esta decisión se dictó en presencia de todas las partes en la Audiencia de Calificación de Flagrancia que se realizó este mismo día, quedando todos debidamente notificados.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en Barquisimeto a los Nueve días del mes de Septi.....