DISPOSITIVA
Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se resolvió en los siguientes términos de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251 numérales 2, 3, 5 y parágrafo primero, del Código Orgánico Procesal Penal, se decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad contra los imputados GUSTAVO JOSE SOTELDO LOPEZ, ELIEZER RAMON MONTILLA QUERALES y ANDRY DANIEL RAMOS ALEJO, titulares de la Cédula de Identidad Nros V- 21.504.224, V- 18.421.639. y V- 23.488.159; por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, para los tres, y además el USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, sólo para GUSTAVO JOSE SOTELDO LOPEZ, tipos penales previstos en los artículos 31 segundo aparte co.....