este Tribunal de Control Nro 8 del Circuito Judicial penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el ciudadano MILTON LOPEZ GOMEZ, anteriormente identificado, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, por cuanto son concurrentes los presupuestos del artículo 250 y se dan los presupuestos del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal y la misma se cumplirá en el Centro Penitenciario de la Región Centroccidental. Manténgase la privación judicial preventiva de libertad.
Remítase copia de la presente decisión al Tribunal de Juicio Nro 4 de éste Circuito Judicial Penal por donde cursa la causa KP01-P-2001-1846, que se le sigue al imputado de marras y donde tiene una orden de aprehensión.