DISPOSITIVA
Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 376 del Código Adjetivo Penal, declaró la responsabilidad y CONDENO a los acusados YUSNEY FELICIA HERRERA HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.437.794 y GUSTAVO ENRIQUE BARRETO SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 23.903.445 a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal; por la comisión de los delitos de DISTRIBUCION ILICITA AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, DETENTACION DE MUNICIONES Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previstos en los artículos 31 tercer aparte en relación con el agravante 46 numeral 5 de la Ley orgánica Contra el Tráfico Ilícito .....