/Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Acuerda la solicitud de prorroga de quince (15) días a los fines que el Ministerio Público presente el Acto Conclusivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 cuarto aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 y 251 Código Orgánico Procesal Penal, al imputado ENYELBERTH MENDOZA NIÑO, identificado en auto. TERCERA: Con relación a la acumulación de la causa que solicita la defensa, visto que fue emitido pronunciamiento por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, este Juzgado considera que no hay materia sobre la cual decidir. Publíquese y Regístres.....