DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: EL CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en fecha 27 de Agosto de año 2.007, al Imputado DISNER PABLO PERLAEZ MOSQUERA, Venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.262.700, fecha de nacimiento 26-03-1987, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de Ocupación comerciante, residenciado en el Barrio San Jacinto Urb. Primero de Mayo, calle 4 final de la vereda 2 casa n° 4-36, Tlf. 0416-1232868 (MADRE), por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FABIAN JOSÉ PRADO, establecidas en el ordinal 3 ° y 4º del artículo .....