DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la entrega en deposito a la ciudadana Iris Coromoto Domínguez Peraza, titular de la cédula de identidad Nº 7. 433.538, del vehículo de las siguientes características: Marca: CHEVROLET, Modelo: CHEVETTE, Año: 85, Placas: AVS-294, Serial de Carrocería: 5G115FV204957, Serial de Motor: 5FV204957, Color: ROJO, Clase: AUTOMÓVIL, Tipo: COUPE, Uso; PARTICULAR, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Por lo que la referida ciudadana no deberá enajenar, grabar, traspasar o vender bajo ningún concepto el vehículo en cuestión, el cual deberá ser presentado y puesto a la orden del Tribunal cada vez que le sea requerido. Todo de conformi.....