DISPOSITIVA
Finalizada la audiencia, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emitió los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso, a favor del ciudadano Castillo Castillo Julio Cesar, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal. Todo de conformidad con los artículos 42, 43 y 44 ordinales 1º y 8º, respectivamente del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija un plazo de Un (01) año de Régimen de Prueba e imponiendo como condición que deberá cumplir el imputado; A) Mantener residencia fija. B) Mantener un Trabajo estable. Todo de conformidad con los artículos 42, 43 y 44 ordinales 1º y 8º, respectivamente del Código Orgánico Procesal Penal.
Líbrese Oficio al Dele.....