Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a la ciudadana GREGORIA YOLANDA HERNANDEZ SILVA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°7.432.700, residenciada en Barrio José María Vargas sector 1 manzana F parcela 10, vía hacia “Todo para el Herrero”, Estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 ordinales 1º, 2º, 3º, 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal derogado, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de El Estado Venezolano, decretándose la EXTINCION DE LA ACCION PENA.....