on fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano, Richard Marcelo Cárdenas Rosales, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 5.073.770, de 42 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización La puerta de Cabudare, calle 08 Sur, casa N 8-26, Municipio Palavecino, Estado Lara, asistido por la Defensora Privada, Drs. Jerman Escalona y Ramón Aguilar Lucena, a sufrir la pena de SIETE (07) años de Prisión, más las accesorias de ley por ser autor y responsable del delito ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el Articulo 259 primer aparte de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente con las agravantes establecidas en los numerales 1, 8 y 12 del artículo 77 del Código Pena.....