4.- Por las razones expuestas, este Tribunal en funciones de Control Nº 6, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. de conformidad con lo previsto en los artículos 66 y siguientes de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, AUTORIZA por el lapso de cinco (05) días la entrega controlada por parte de funcionarios adscritos al Grupo Antiextorsión y Secuestro de la Guardia Nacional Bolivariana, Comando Regional Nro. 4 del Estado Lara, para lo cual remiten copia fotostática de tres (03) billetes de moneda nacional, con la siguiente numeración: Uno de veinte bolívares: N66375147 y dos (02) de diez (10) seriales J85717709 Y E37964571 respectivamente, en la presente causa. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Ofíciese.