este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA en el Juzgado de Juicio competente de este Circuito Judicial Penal, el conocimiento de la presente acción de Amparo Constitucional, conforme a lo establecido en los Artículos 64 ordinal 4° y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el Artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Se acuerda expedir Copia Certificada del Asunto KP01-O-2003-514, a los fines de remitirse junto con la presente causa al Juez de Juicio respectivo para la resolución de la petición planteada. Líbrese el oficio pertinente. Notifíquese al accionante. Regístrese. Cúmplase.