Este Tribunal de Control N° 5, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 8vo Ejusdem y artículo 108 ordinal 4to del Código Penal, en la causa seguida al ciudadano Valerio de Jesús Alvarado, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V- 12.849.820, residenciado en el Barrio los Angeles, sector 3, avenida Victoria N° 3-33 de esta ciudad de Barquisimeto. Notifíquese a las partes. Remítase las actuaciones al Archivo Judicial del Estado Lara, a los fines de su conservación. Cúmplase.