Es por las razones antes expuestas que este Tribunal quinto de Control, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DESESTIMA la denuncia por la ciudadana ROMY SALCEDO RAMOS; en contra de la ciudadana RAYMA LILIANA SAENZ GUTIERREZ.; y en consecuencia se devuelven las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público. Notifíquese. Líbrese oficio remitiendo las actuaciones a la señalada Fiscalia Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Penal del Estado Lara. Désele salida.-
JUEZ QUINTA DE CONTROL,
ABG. MARIANT J. ALVARADO HIDALGO
LA SECRETARIA,