Por los razonamientos expuestos, se acuerda la ampliación del lapso de presentación periódica, medida cautelar sustitutiva contenida en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse una vez cada quince (15) días y de conformidad con lo establecido en el Artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, se levanta la medida de prohibición de salida del estado Lara, a la ciudadana Marisela Josefina Piñero García, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.879.430, (No Porta), Estado Civil: Soltera, de 30 años, nacida en Barquisimeto Estado Lara, el 03-06-1978, hija de Marisela de Piñero y Pedro Piñero, de oficio Fotógrafa, y al ciudadano Freddy Enrique Vargas Agüero, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.849.259, (No Porta), Estado Civil: Soltero, de 33 años, nacido en Caracas, el 12-06-1975, hijo de: Maria Elena Agüero y Freddy Barrios, de oficio Delegado Sindical de la Unión Bolivariana de Trabajadores, ambos domiciliados .....