Por lo anteriormente expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos: PRIMERO: Este Tribunal MANTIENE LA MEDIDA DE DETENCIÓN DOMICILIARIA impuesta al ciudadano FRANKLIN RAFAEL VIZCAYA PEREZ CI. 16.957.339, conforme al artículo 256, 1 del COPP. SEGUNDO: Se acuerda dejar sin efecto la ORDEN DE CAPTURA que pesaba en su contra desde el 10-06-2010. Líbrense los correspondientes oficios. TERCERO: Se acuerda la acumulación del asunto P-10-8278 al presente asunto,, siendo que presente asunto KP01-P-2010-000076 quedará como asunto principal, por observarse la conexidad entre ambos asuntos, conforme al artículo 70, 4 del COPP, y a los fines de garantizar la unidad del proceso, siendo que el asunto que queda de principal es por el delito de mayor penalidad, quedando las partes presentes notificadas. CUARTO: Se acuerda li.....