Este Tribunal una vez oídas las exposiciones de las partes y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide en los siguientes términos:
PRIMERO: SE ORDENA LA APERTURA DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 ibídem, y se emplaza a las partes para que en el lapso común de cinco días hábiles comparezcan ante el Tribunal de Juicio que corresponda. De igual modo se instruye al Secretario para que remita las actuaciones y los documentos correspondientes en el lapso legal.
SEGUNDO: Se procede a revisar la medida cautelar impuesta a MARILIN CAROLINA TORRES CARRILLO, LUIS ALBERTO VIRGUEZ MENDOZA, YAKSON PASTOR REINOSO GUEDEZ y EVER EDUARDO ARTEAGA ROJAS, extendiendo la medida de presentación a cada 10 días y en relación a la ciudadana MARGEL CAROLINA SANCHEZ MELENDEZ, quien presento constancia de trabajo, se extiende a cada 15 días. Quedan todos notificados. Líbrese los actos de comunicac.....