DECISION: Oída la declaración de las partes. Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: Como punto previo en cuanto a la solicitud de nulidad, esta juzgadora observa, previo análisis del acta de investigación penal de fecha 05-11-09 en la cual fue aprehendido el ciudadano Juan Bautista Ramos, de la cual se evidencia que el imputado fue aprehendido en las afueras de una vivienda de color verde con enrejado de color blanco y no en el interior de residencia alguna motivo por el cual, no hubo necesidad de cumplir con los requisitos del artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se estima, que no hay violación de garantías o derechos constitucionales o legales en la aprehensión del ciudadano y en consecuencia, se declara sin lugar la.....