DISPOSITIVA:
Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: De conformidad con lo previsto en él articulo 74 numeral primero del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la división de la continencia de la causa con relación al imputado MANUEL JESUS MARRUFO RODRIGUEZ, titular Cédula de Identidad Nº 21.297.346.
SEGUNDO: Conforme al numeral segundo del artículo 330 del vigente Código Orgánico Procesal Penal se Admite TOTALMENTE la Acusación fiscal contra el ciudadano: MANUEL JESUS MARRUFO RODRIGUEZ, titular Cédula de Identidad Nº 21.297.346, por llenar los requisitos del artículo 326 Ejusdem por la comisión del delito de: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, siendo que la misma cumplía con los .....