En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: NIEGA la entrega del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Corsa, Año 2001, Color Rojo, Clase Automóvil, Tipo Coupé, Uso Particular, Serial de Motor A1V313178, Placa PAI87U, Serial de Carrocería 8Z1SC21Z01V313178, solicitado por el ciudadano Luis Enrique Suárez, ya que el mismo no demostró prima facie ser el legítimo titular del mismo.
SEGUNDO: Se ordena una vez fenecido el lapso de apelación correspondiente, la remisión al despacho del Fiscal VI del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial la presente causa, en cumplimiento del deber consagrado en el numeral 2 del artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de que se apertura investigación penal en contra del ciudada.....