ADMITE LA ACUSACIÓN, presentada por el Ministerio Público, contra el ciudadano JHONNY RAMÓN ROJAS ESCALONA, cédula de identidad N° V-7.387.225, nacido en Barquisimeto, el 26-08-63, de 45 años de edad, Venezolano, casado, de Ocupación u oficio Pintor, hijo de Félix Ramón Rojas y María de Rojas, residenciado en la Ruezga Sur Sector 8 avenida 5 casa N° 6 a dos casas de una frutera, teléfono 0251-5118207 y 0416-3573813, por la comisión del delito de AMENAZAS Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 16 y 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia vigente para el momento de los hechos y SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, por el lapso de UN (01) AÑO, al referido ciudadano, de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiendo la contenida en el artículo 44 ordinal 8 ejusdem.