En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide: PRIMERO: Que La solicitud realizada por la parte Fiscal, fue presentada oportunamente en fecha tres de enero de dos mil diez. SEGUNDO: Declara Con Lugar la solicitud de prórroga hecha por el ciudadano Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Público, y fija el plazo de quince (15) días continuos, para que el representante de la Vindicta Pública, presente el acto conclusivo respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al ciudadano César Augusto Torrealba Rivero, ampliamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, debiendo presentar acto conclusivo a mas tardar el día vein.....