este Tribunal de Control N° 3, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Primero: Hacer entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano CARLOS RAMON RIERA titular de la cédula de identidad N° 7.331.967. Segundo: Oficiar al Estacionamiento La Concordia que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo: Clase Automovil, Marca Chevrolet, tipo Sedan, año 1982, color Blanco, Modelo: Malibú, Placas CBA-748, serial de Motor F1101DKB-9T148956, Serial de Carrocería 1W69ADV111578, uso particular al mencionado ciudadano en CALIDAD DE DEPOSITO. Tercero: Se acuerda notificar del presente auto a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Lara.