Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 3, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, PRIMERO: acuerda imponer la medida de privación judicial preventiva de la libertad al los ciudadano LEOVILDO DE JESÚS QUINTERO, ANDRY ENRIQUE ESCALONA SOTELDO, HENRY JOSE SANCHEZ ISIDRO, anteriormente identificado. SEGUNDO: decreta la continuación de la causa por la vía del procedimiento Ordinario. TERCERO: Se acordó el reconocimiento en rueda de individuos para el Lunes 27-03-2006. Se ordena la publicación. Cúmplase.