este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano JUAN CARLOS GARCÍA ALEJO, venezolano, de 26 años, titular de la cédula de identidad n° 14.979.264, nacido en fecha 22-11-84, hijo de BLANCA ALEJO y de RAÚL GARCÍA, residenciado en vereda 36, sector 1, casa Nº 1, urbanización Mascias Mujica, Barquisimeto Estado Lara; por los hechos que le imputara la representante del Ministerio Público y que el mismo voluntariamente admitiera a través de su declaración, los cuales configuran el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO establecido en el Artículo 9 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor; en contra de los ciudadanos GUSTAVO MANZANERES Y MARIANELA CHIQUINQUIRÁ PERAZA, se le impone la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión y las accesorias de ley contempladas en el artículo 16 del mencio.....