En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos: ANGELA MARINA ULLOA PALMA, cédula de identidad Nº V- 19.145.848, nacido en Barquisimeto, nació el 23-04-1988, de 23 años de edad, Venezolano, Soltera, Ocupación Tsu Diseño Grafico, hijo de Josefina Palma y Angel Ulloa, residenciado Urb Parque Avila Calle C, casa Nº C-11, Cabudare Estado Lara, Telefono: 02515119196 y PEDRO LUIS WALTER SEVILLA, cédula de identidad Nº V- 15.351.786, nacido en Barquisimeto, nació el 03-04-1980, de 31 años de edad, Venezolano, Casado, de Ocupación Tecnico de Vias Ferreas, hijo de Pedro Walter y Lili Sevilla, residenciado en la carrera 14 con calle 55 y 55ª. Casa Nº 55-34, Telefono: 0416-5597347, por estar incurso en la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE DROGAS EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA, previsto.....