Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de Control No. 03 Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, que interpuso la Abg. Carmen Moreno Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en relación a la denuncia formulada por Fernando Jardían Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 7.439.566, contra los funcionarios policiales Jaime Sánchez, Argenis Rodríguez y Humberto Cupilla, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad N°9.618.31, N°7.426.228, y del último de los nombrados se desconoce el número de su cédula, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal por existir un obstáculo legal para el desarrollo del proceso en el presente caso, como se expresó con anterioridad y en consecuencia ordena la devolución de las actuaciones al Ministerio Públi.....