DISPOSITIVA:
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para el conocimiento del presente asunto, declinando la competencia al Juez de Juicio nro. 2 del Área Metropolitana de Caracas quien es el TRIBUNAL COMPETENTE POR EL TERRITORIO.-
SEGUNDO: Todo de conformidad con los artículos 57 y 61 del Código Orgánico Procesal, y Jurisprudencia de la Sala Penal de nuestro máximo Tribunal de la República en sentencia nro. 21 de fecha 06 de febrero de 2007.-
TERCERO: Se acuerda la remisión de las actuaciones al mencionado Tribunal, así como el traslado del imputado a dicho Tribunal, a objeto de que sea celebra.....