ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA. PRIMERO: Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del imputado JOHAN JOSÉ OROZCO, titular de la Cédula de identidad Nº 15.666.561, nacido el 25-01-1981, soltero, de oficio carpintero, Hijo de Domingo Eloy Suárez y Pastora Ramona Orozco domiciliado en la Carrera 38 entre calles 30 y 31, casa Nº 30-45 de esta ciudad, por la presunta comisión del delitos: de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley sobre el Tráfico y el Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicas, LESIONES INTENCIONALES GRAVES, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, Y ALTERACIÓN DE SERIALES DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previstos y sancionados en el articulo. 418, 215 del Código Penal vigente y artículo 8 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículo Automotor. SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente causa por la vía ordinaria, TERCERO: LIBRESE la r.....