Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control nro. 3 del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
1.- Se Admite en su totalidad la Acusación presentada por la Fiscal Undécima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en contra del acusado LUIS MIGUEL SANMARTIN ALVAREZ, Titular de la Cedula de Identidad Nº 19.348.908, de 22 años de edad, fecha de nacimiento 29-01-1989, Soltero, Grado de Instrucción Bachiller, Oficio NADA , hija de Miguel Sanmartin y Andreina Alvarez, residenciado en CAbudare Urbanización la Hacienda, calle 7 casa Nº 174, Cabudare, Estado Lara. Teléfono: 0251-7185231 Y 0414-5203500, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 153 DE LA LEY ORGANICA DE DROGA
2.- Se Admite.....